Ajuste salarial por efecto inflacionario

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  El tema de la inflación siempre acapara la atención para cualquier tipo de economía, sea esta desarrollada o en vía de desarrollo. Su importancia se asocia a los temas del costo de la vida, a la redistribución del ingreso, de la demanda de los trabajadores, a la calidad de vida, al nivel de empleo, a los costos de producción de las empresas, a la competitividad, a la política monetaria y sus instrumentos como el de la tasa de referencia. En los países desarrollados abunda la evidencia de que, ante una economía de pleno empleo o muy próximo a el, existe una relación entre el nivel de empleo y la inflación, indicando que un aumento del empleo eleva la inflación y viceversa, que un incremento en el desempleo, favorece la reducción de la inflación.

   La referida asociación fue documentada por el economista británico William Phillips, de ahí el nombre de la curva de Phillips, en la que estableció que un aumento de la demanda agregada promocionada por un alto nivel de empleo presiona los precios de la economía hacia el alza y al revés.  Naturalmente, su descubrimiento no se constituyó en un axioma, poque tiempo después se ha recabado evidencia que avalan que en periodos de alta inflación ha estado acompañado de alto niveles de desempleo.

   Al margen de los siempre discutidos enfoques y teorías económicas, lo cierto es, que, bajo la óptica popperiana, ninguno de los enfoques referidos puede ser descartados como parte de las evidencias empíricas y teóricas que explican determinados fenómenos económicos.

   En la República Dominicana nuestra economía está lejos del pleno empleo, no solo a nivel de los trabajadores, sino de otros factores de la producción. El desempleo en el país es de naturaleza estructural ya sea que lo midas como desempleo abierto o amplio, el primero en alrededor de un 6.0 % y el segundo, entre un 13.0 % o 14.0 %; de manera que, procurar establecer algún tipo de asociación entre esa variable y la inflación no resultaría útil; sin embargo, sí resulta de interés procurar auscultar acerca del vínculo entre el incremento de los precios y la capacidad de compra de los salarios en la economía, al menos el correspondiente al sector formal, aunque luego se extrapole hacia los que laboran en la informalidad.

   En la última ocasión que el salario mínimo fue ajustado en la República Dominicana fue el 16 de julio de 2021, mediante la Resolución No. 01/2021, en la cual se establecieron cuatro niveles de salario, el primero de RD$ 21,000 al mes, para aquellos trabajadores que prestan servicios en empresas industriales calificadas como grandes, el segundo grupo de RD$ 19,250, pagadero a los trabajadores que laboran en empresas de las del tipo mediana, el tercero, de RD$ 12,900 para los trabajadores contratados en las empresas denominadas pequeñas y, la cuarta, de RD$ 11,900 para los que trabajan en las empresas tipificadas como microempresas. La Resolución también abarca a otros tipos de trabajadores, como la de los laboran en seguridad y vigilancia privada y los trabajadores agrícolas.

   Desde la vigente Resolución que establece el salario mínimo nominal para las empresas del sector privado no sectorizado, la economía dominicana ha sido afectada por un proceso inflacionario creciente y persistente, impactando sobre variables clave, como la correspondiente al salario de los trabajadores del sector formal, haciendo que sus ingresos monetarios pierdan poder de compra y presionando hacia una menor calidad de vida para ellos y además, para los trabajadores del sector informal que reciben ingresos monetarios.

   Al compararse la variación del costo de la canasta básica familiar promedio nacional desde el penúltimo aumento salarial con el ultimo, encontramos que ha subido de RD$ 34,313 en julio de 2019 a RD$ 43,485 en enero de 2023, para un incremento de RD$ 9,172, mientras que, el incremento del salario mínimo se movió RD$ 17,619 a RD$ 21,000 actualmente vigente, para una variación equivalente a RD$ 3,390. Al considerar solo el aumento del costo de la canasta desde el último ajuste salarial a la fecha, ha subido RD$ 4,759, indicativo de que ese aumento ha borrado el ultimo aumento salarial.

   El movimiento de los salarios al alza puede ocasionar dos situaciones, la primera, que presione los precios de la canasta básica, ante un incremento en la demanda agregada, siempre y cuando el aumento salarial supere la perdida de poder de compra, acompañada de una reducción en la tasa de desempleo y, la segunda, que el movimiento salarial afecte los costos laborales de las empresas, a no ser que la posición empresarial se haya anticipado y produzca aumentos de precios no solo por el ambiente de presión de alzas salariales, sino también, por las expectativas inflacionarias en el entorno local e internacional.

Aspirar en la actual coyuntura a una mejoría salarial, ajustándolo de conformidad al aumento del costo de la vida, puede no solo ser justo, sino, además, reasignar a los trabajadores a empresas más productivas, también, contribuir a una mejor distribución del ingreso y por esa vía reducir la pobreza, la desigualdad y no deteriorar el empleo formal, con los agravantes que implica empujar a los trabajadores a la informalidad que está desprovista de seguridad social, laboral y salarios menos dignos. Bajo esa lupa, el denominado efecto faro muy probablemente sea mínimo sobre otros salarios de la economía, habida cuenta del nivel de desempleo y lo poco competitivo de nuestro mercado laboral.

   Ante lo descrito, existe una preocupación natural de aspirar a salarios que procuren devolverle a los trabajadores un determinado poder adquisitivo, mediante el ajuste salarial, en ocasión, de que la falta de estabilidad de precios de los dos últimos años ha erosionado a los salarios nominales.

   La nueva escala de los salarios mínimos nominales para los trabajares no sectorizados debe ser llevada para los de las empresas grandes a RD$ 24,350, los de la mediana a RD$ 22,540, los de las pequeñas empresas a RD$ 15,050 y los de las pertenecientes a las microempresas a RD$ 13,900 al mes. Los referidos ajustes harían crecer el salario mínimo nominal en RD$ 3,350, en RD$ 3,290, en RD$ 2,150 y en RD$ 2,000, respectivamente. Los referidos movimientos salariales propuestos, estarían significando entre un 13.0 % a un 15.0 % de ajuste.

   El ajuste salarias debe ser considerado en un ambiente no politizado por una postura preelectoral, sino, el resultado, primero, de la realidad que impone la inflación y segundo, del consenso que involucre a trabajadores y empresarios, como manera de no afectar la competitividad empresarial ni tampoco a la calidad de vida de los asalariados.

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